Fórmula
IVA = base × tipo de IVA. Retención = base × tipo de IRPF. Precio con IVA = base + IVA. Pago del cliente = base + IVA − retención. Neto sin IVA = base − retención.
Ejemplos
Factura profesional al 21% y 15%
Base 1.000 €; IVA 210 €; retención 150 €; precio con IVA 1.210 €; pago del cliente 1.060 €; neto sin IVA 850 €.
Inicio profesional con 7%, si cumple los requisitos
Base 1.000 €; IVA 210 €; retención 70 €; pago 1.140 €; neto sin IVA 930 €.
IVA del 10% sin retención
Base 200 €; IVA 20 €; pago 220 €.
IVA del 4% sin retención
Base 250 €; IVA 10 €; pago 260 €.
De la base imponible al dinero que recibes
Qué importe tienes y qué quieres averiguar
Antes de calcular, mira qué cifra aparece en tu presupuesto o factura. La base imponible es el importe al que se aplican los porcentajes en el supuesto sencillo de esta herramienta. El precio con IVA suma base y cuota de IVA. Si existe retención, la cantidad que transfiere el cliente será menor que ese precio.
El modo «Neto sin IVA» significa base menos retención. No es un salario neto ni el beneficio del autónomo: aún faltan gastos, cotizaciones y la liquidación definitiva de sus impuestos. Las cuatro opciones del formulario permiten reconstruir la misma operación a partir de datos diferentes.
Referencias: BOE: Ley del IVA, artículos 78, 90 y 91 · BOE: Reglamento del IRPF, obligación de retener y actividades profesionales
Añadir IVA y extraer el IVA incluido
Para añadir un IVA del 21% a una base de 1.000 €, multiplica la base por 0,21: la cuota es 210 € y el precio con IVA es 1.210 €. Si solo conoces esos 1.210 € antes de retención, recupera la base dividiendo entre 1,21. Restar el 21% al precio final daría una base incorrecta.
Selecciona «Precio con IVA antes de retención» para hacer esa división. Si la cifra que conoces ya descuenta el IRPF, utiliza «Total que paga el cliente»: en ese caso la división cambia a importe ÷ (1 + tipo de IVA − tipo de retención). Para una operación sin retención, ambos importes coinciden.
Cuando solo necesitas añadir o quitar IVA, la calculadora específica de IVA ofrece un recorrido más corto. Si tu factura lleva retención de IRPF, utiliza este desglose conjunto para comprobar el precio y la cantidad que recibirás del cliente.
Referencias: BOE: Ley del IVA, artículos 78, 90 y 91
IVA y retención de IRPF cumplen funciones distintas
El IVA repercutido se añade al precio. La retención de IRPF, cuando procede, la descuenta el pagador y la ingresa como pago a cuenta del impuesto de quien cobra. En esta operación ambos porcentajes se calculan sobre la base, no se calcula el IRPF sobre la cuota de IVA.
No todas las facturas de un autónomo llevan retención. Importan la clase de renta y la condición del destinatario como obligado a retener; no basta con estar dado de alta como autónomo. Un servicio profesional a una empresa y una venta a un consumidor pueden requerir tratamientos distintos. Comprueba el supuesto antes de seleccionar 0%.
El tipo profesional general es el 15%. Para el inicio de actividad puede corresponder el 7% en el año de inicio y los dos siguientes si no hubo actividad profesional en el año anterior, con comunicación al pagador. También existen otros supuestos legales del 7%; el formulario no determina si reúnes sus requisitos.
Referencias: AEAT: tipos de retención 2026 desde el 10 de septiembre · BOE: Reglamento del IRPF, obligación de retener y actividades profesionales
Ejemplos de desglose con distintos porcentajes
Servicio profesional con base de 1.000 €, IVA del 21% y retención del 15%: IVA 210 €, precio con IVA 1.210 €, IRPF 150 €, pago del cliente 1.060 € y neto sin IVA 850 €. Esos 1.060 € son el dinero recibido; no los 850 € del neto sin IVA.
Con la misma base e IVA y una retención del 7% legalmente aplicable, la retención baja a 70 €, el pago del cliente es 1.140 € y el neto sin IVA 930 €. La menor retención no determina por sí sola un impuesto anual menor.
En una operación que legalmente tribute al 10% sin retención, una base de 200 € produce 20 € de IVA y un pago de 220 €. Con base de 250 €, IVA del 4% y sin retención, son 10 € de IVA y 260 € de pago. Estos ejemplos prueban la aritmética; no clasifican tus bienes o servicios.
Referencias: AEAT: tipos impositivos del IVA · AEAT: tipos de retención 2026 desde el 10 de septiembre
Tipos, fecha de consulta y excepciones territoriales
Contenido comprobado el 18 de septiembre de 2026. El formulario ofrece los tipos de IVA 21%, 10%, 4% y 0% para los supuestos que correspondan. Una operación exenta o no sujeta no es jurídicamente lo mismo que otra gravada al 0%, aunque la cuota aritmética sea cero. Revisa la clasificación, el devengo y las reglas vigentes en la fecha de la operación.
El cuadro de retenciones de la AEAT aplicable desde el 10 de septiembre de 2026 mantiene el 15% profesional general, el 7% en sus supuestos y el 19% para arrendamientos urbanos sujetos. Incluye la reducción territorial del 60% cuando se cumplan sus condiciones; también recoge su aplicación excepcional a rentas satisfechas desde esa fecha en La Palma para residentes habituales y efectivos con derecho a ella. Las opciones 6%, 2,8% y 7,6% hacen esa operación aritmética, sin acreditar el derecho.
La reducción de IRPF no convierte una operación de Canarias, Ceuta o Melilla en una operación con IVA peninsular. Esta calculadora no calcula IGIC ni IPSI ni decide dónde se localiza un servicio. En operaciones internacionales, exentas, con inversión del sujeto pasivo o con regímenes especiales necesitas revisar el tratamiento antes de usar una cifra.
Referencias: AEAT: tipos impositivos del IVA · AEAT: tipos de retención 2026 desde el 10 de septiembre
Redondeo y alcance de esta calculadora de facturas
La base y cada cuota se redondean a dos decimales; el total suma y resta esas líneas. En el cálculo inverso puede no existir una base en céntimos que reproduzca exactamente el importe objetivo. La calculadora muestra la diferencia en ese caso, en lugar de presentar un total que no cuadra con su desglose.
El modelo utiliza una única base compartida por IVA e IRPF. No resuelve facturas con varios tipos, bases distintas, suplidos, recargo de equivalencia, retenciones especiales sobre otra base ni facturas rectificativas con importes negativos. Separa y verifica los conceptos de esos documentos.
El resultado no es el modelo 303, el 130 ni una declaración anual: faltan el conjunto de operaciones, IVA soportado deducible, gastos y otros datos del periodo. Tampoco emite una factura con validez documental ni calcula las retenciones de una nómina.
Estimación informativa, no asesoramiento fiscal individual ni liquidación oficial. Metodología y correcciones.
Completa el análisis con otro cálculo
Estas herramientas resuelven otras cuestiones de España. Elige la que corresponda al importe que quieras comprobar:
- Calculadora de IBI: estima tu cuota municipal
Estima el IBI de 2026 con la base liquidable, el tipo vigente, las bonificaciones y el recargo por desocupación.
- Calculadora de IVA en España: añadir y quitar IVA
Calcula IVA (21% por defecto), base imponible y total con modos desde base, IVA incluido o quitar IVA.
- Calculadora de IAE en España
Calcula la cuota municipal del IAE de 2026 con exenciones, ponderación por cifra de negocios, situación, recargo provincial y prorrateo.
- Calculadora de impuestos de lotería en España
Calcula la retención del 20 %, el mínimo exento y tu parte neta de un premio de lotería compartido.
Si estás comparando países
Abre la jurisdicción correspondiente si comparas una mudanza, una oferta o una operación en otro país. Cada herramienta utiliza su moneda, periodo y alcance; su resultado no debe trasladarse directamente al cálculo actual.
Preguntas frecuentes
¿Cómo calcular la base imponible si conozco el total de la factura?
Si el total ya descuenta la retención, divide entre 1 + tipo de IVA − tipo de IRPF, expresados en decimal. Por ejemplo, 1.060 ÷ 1,06 = 1.000 € con IVA del 21% e IRPF del 15%. Si conoces el precio con IVA antes de retener, divide solo entre 1 + tipo de IVA.
¿Qué diferencia hay entre el total a cobrar y el neto sin IVA?
El total a cobrar incluye el IVA y descuenta la retención. El neto sin IVA es la base menos la retención. Con base de 1.000 €, IVA del 21% e IRPF del 15%, recibes 1.060 € y el neto sin IVA es 850 €. Ninguno equivale por sí solo al beneficio después de gastos e impuestos.
¿El 7% de IRPF se aplica a cualquier autónomo nuevo?
No. Para el supuesto de inicio profesional, se exige no haber ejercido actividad profesional en el año anterior y comunicar la circunstancia al pagador. Abarca el periodo de inicio y los dos siguientes. Existen otros supuestos específicos del 7%, cada uno con requisitos propios.
¿Puedo quitar el IVA de una cantidad que ya lo incluye?
Sí. Elige «Precio con IVA antes de retención». Con 1.210 € y un tipo del 21%, la base es 1.000 € y el IVA 210 €. Si la cantidad ya descuenta IRPF, utiliza el modo «Total que paga el cliente».
¿Sirve para calcular mi sueldo neto o la declaración trimestral?
No. Desglosa una factura con una única base y los tipos indicados. Una nómina incorpora cotizaciones y un cálculo de retención distinto; una declaración requiere más operaciones, deducciones y datos del periodo.
Fuentes oficiales
- AEAT: tipos impositivos del IVAConsultado: 2026-09-18
- BOE: Ley del IVA, artículos 78, 90 y 91Consultado: 2026-09-18
- AEAT: tipos de retención 2026 desde el 10 de septiembreConsultado: 2026-09-18
- BOE: Reglamento del IRPF, obligación de retener y actividades profesionalesConsultado: 2026-09-18
