Calculadora de impuestos de criptomonedas en España
Qué operaciones suelen tener impacto fiscal
A efectos del IRPF, deben declararse las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales: vender cripto por euros (u otra moneda) y también intercambiar una criptomoneda por otra (permuta) puede generar ganancia o pérdida.
En una permuta, la ganancia o pérdida se cuantifica comparando el valor de adquisición de lo entregado con el mayor entre el valor de mercado de lo entregado y lo recibido. Además, las criptomonedas homogéneas se identifican, en general, con criterio FIFO (las primeras que entran son las primeras que salen), y las comisiones o gastos directamente vinculados a compras y ventas pueden computar para determinar valores.
Cómo usar una calculadora de impuestos cripto
1) Reúne todas las operaciones (compras, ventas e intercambios).
2) Incluye comisiones (exchange, red, etc.) si están asociadas a la operación.
3) En cada intercambio cripto–cripto, asigna valor de mercado en el momento de la permuta.
4) Aplica FIFO por cada activo homogéneo.
5) Obtén el saldo de ganancias/pérdidas e intégralo como renta del ahorro, compensando conforme a las reglas de la base del ahorro.
Nota: el resultado de una calculadora es una estimación. En caso de inspección, la AEAT puede requerir acreditación del cálculo y de los valores aplicados.
Valor de transmisión (ventas): lo que has cobrado al vender o permutar criptos.
Coste de adquisición: lo que te costaron esas criptos (precio de compra).
Comisiones y gastos: costes de exchange, red, intermediación u otros gastos asociados.
Pérdidas compensables: pérdidas patrimoniales que puedes compensar con ganancias según la normativa.
Ganancia/pérdida: la diferencia entre ventas y costes. Si es negativa, no hay impuesto en ese cálculo.
Base gravada: la ganancia neta si es positiva; si es negativa, se considera 0 para el cálculo del impuesto.
Ejemplos
Preguntas frecuentes
¿Intercambiar una criptomoneda por otra (swap) tributa?
Sí. La AEAT indica que el intercambio de una moneda virtual por otra diferente constituye una permuta y puede generar una ganancia o pérdida patrimonial.
¿Qué método se usa para calcular el coste de adquisición (si he comprado en varios momentos)?
En monedas virtuales homogéneas (por ejemplo, bitcoin), se aplica con carácter general el criterio FIFO: se consideran transmitidas las adquiridas primero.
¿Puedo incluir comisiones y gastos del exchange en el cálculo?
Sí, siempre que guarden relación directa con la adquisición o venta y los haya satisfecho el contribuyente; pueden computar para determinar valores de adquisición y transmisión.
¿En qué momento se imputa la ganancia o pérdida?
Con carácter general, en el ejercicio en que se realiza la operación (por ejemplo, en el momento del intercambio o permuta), según las reglas de imputación temporal aplicables.
¿Si solo “holdeé” y no vendí, ¿tengo que declarar algo?
Si no hay transmisión o permuta, normalmente no hay ganancia o pérdida por ese mero mantenimiento. Distinto sería si has tenido otros hechos con tratamiento específico.
¿Las ganancias/pérdidas por cripto van en la base del ahorro?
Para particulares al margen de actividad económica, las ganancias/pérdidas derivadas de permutas se integran en la base imponible del ahorro.
¿Qué es el modelo 721 y cuándo aplica?
Es la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero (modelo 721). La AEAT publica el procedimiento y sus plazos en su calendario vigente.
¿Qué documentación conviene guardar para respaldar el cálculo?
Historial completo de operaciones, justificantes de comisiones y evidencias de valor de mercado en el momento de cada permuta. Determinadas pérdidas pueden requerir acreditación.
Nota: Esta calculadora ofrece una estimación. Las tasas pueden variar por región y cambiar con el tiempo. No constituye asesoría fiscal.
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Fuentes
- AEAT: Ganancias y pérdidas patrimoniales (monedas virtuales)Agencia Tributaria (AEAT) · España · Consultado: 2026-01-26Las operaciones con criptomonedas tributan como ganancias/pérdidas patrimoniales en el IRPF.
- AEAT: Escala de gravamen aplicable a la base del ahorro (IRPF 2024)Agencia Tributaria (AEAT) · España · Consultado: 2026-01-26Escala conjunta aplicable a la base liquidable del ahorro.
- AEAT: Escala de gravamen del ahorro 2025 (modificación legal)Agencia Tributaria (AEAT) · España · Consultado: 2026-01-26Se eleva el último tramo del ahorro; base legal para el tipo máximo del 30% (suma estatal y autonómica).
